La compañía de seguros indemnizará al asegurado las pérdidas y/o daños sobre los bienes y/o cosas descritos en las Condiciones Particulares como consecuencia directa de hechos ocurridos durante su transporte terrestre y/o Aéreo y/o Marítimo y/o fluvial dentro del territorio nacional; hasta el límite de la suma asegurada.
Asimismo, es posible contratar coberturas adicionales tales como:
· Accidente al Medio de Transporte.
· Falta de Entrega del Bulto Entero.
· Robo por Asalto.
· Robo con Fractura del Medio Conductor.
· Caídas durante las Operaciones de Carga y Descarga.
· Protección de Marca.